Publicado: 2010-09-24 21:31:24
PARAGUAY
Hacienda garantiza secreto bancario en fiscalizaciones.
El Ministerio de Hacienda y el Banco Central del Paraguay, a través de la Subsecretaria de Estado de Tributación y la Superintendencia de Bancos, dictaron recientemente la Resolución General Nº 36/10 “Por la cual se establece el reglamento de fiscalización de entidades regidas por la Ley N°861/96 "General de bancos, financieras y otras entidades de crédito" en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 27º de la Ley Nº 2421/04 y al convenio celebrado entre el Ministerio de Hacienda y el Banco Central del Paraguay en fecha 25 de marzo de 2008.
En dicha resolución se contempla que las fiscalizaciones se realizarán respetándose en todo momento el deber de secreto de las actuaciones y el sigilo bancario conforme a la Ley 125/91 y su modificación la Ley 2421/04. En este sentido, el Ministerio de Hacienda reitera que está garantizado el secreto bancario.
La Subsecretaría de Estado de Tributación es la encargada de verificar el cumplimiento de las obligaciones impositivas por parte de las entidades regidas por la Ley Nº 861/96 (bancos, financieras y otras entidades de crédito que realizan intermediación financiera), y con este reglamento quedan definidos algunos aspectos relacionados a la coordinación de estas tareas para no entorpecer el normal desenvolvimiento de estos contribuyentes.
La citada resolución establece, entre otras cosas, que las fiscalizaciones estarán a cargo de la Dirección General de Grandes Contribuyentes, pudiendo ser éstas integrales o puntuales. Dispone además comunicar a la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay el inicio y el fin de la fiscalización, remitiéndose una copia de la Orden de Fiscalización y el resultado de la misma, respectivamente; todo ello a fin de brindar garantía y seguridad en el manejo de las informaciones que serán procesadas en las diferentes intervenciones.
Fuente: http://www.nanduti.com.py
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