Publicado: 2011-07-19 04:53:26

Desde el mes de agosto se amplía la lista de retención e información

A partir del primero de agosto del corriente año, la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda, según Resolución de Actualización Nº 54/11, pone en vigencia el listado de nuevos agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que habían sido designados a través de la Resolución General Nº 54/11.
Inicialmente prevista para regir desde el primero de julio de 2011, la aplicación del Art. 1° de la Resolución General Nº 54/11 fue pospuesta por la Administración Tributaria debido a la solicitud de los gremios empresariales afectados por la citada disposición reglamentaria, en cuanto a la necesidad de adecuar sus sistemas informáticos a los mecanismos de retención y de compilación de datos relacionados con el deber de brindar información a la SET, en carácter de Agentes de Información.
 
Integran este grupo de nuevos agentes de retención del IVA: cooperativas, supermercados, comercios, empresas dedicadas a juegos de azar, ONG y asociaciones en general, entre otras.
 
Los contribuyentes designados, además de su obligación de retener e ingresar el impuesto retenido, tendrán la obligación de emitir el comprobante de retención y presentar la declaración jurada (formulario 122) mensualmente, tengan o no movimiento.
 
Se aclara igualmente, que los contribuyentes que ya hubieran realizado retenciones en cumplimiento a la versión original del Art. 1° de la Resolución General Nº 54/01, deberán ingresar los montos retenidos en el plazo previsto y en el formulario habilitado para el efecto.

Fuente: http://www.set.gov.py

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